Según los establecido en el Aviso Oficial del Banco Central de Venezuela (BCV) publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.127 del 12 de marzo de 2013, se incrementó hasta el 10,64% el porcentaje a ser cobrado a todos los créditos enmarcados dentro de la cartera dirigida al sector turístico otorgados por la banca nacional.
Aquellos créditos que se encuentran en los supuestos de los Artículos 28, 30 y 31 de la Ley de Crédito para el Sector Turismo, siguen disfrutando de la rebaja de tres puntos porcentuales (3%) sobre esta tasa fijada.