lunes, 21 de mayo de 2012

Fueron establecidos por MINTUR los requisitos y parámetros a seguir en el proceso de categorización para los prestadores de servicios de alojamiento turístico

En la Gaceta Oficial N° 39.912 del lunes 30 de abril de 2012, MINTUR publicó la Resolución N° 020, con la cual quedan establecidos los parámetros y requisitos que deberán seguir en el proceso de categorización los prestadores de servicios de alojamiento turísticos.

Es importante entender que para optar a la definitiva categorización, el hotel deberá estar completamente operativo, reunir las distintas condiciones de la categoría aspirada según los tabuladores existentes, y consignar todos y cada uno de los requisitos allí solicitados según el tipo de categoría.

Otro aspecto importante a resaltar, es que según lo expresa el Artículo N° 21 de la Resolución, todos aquellos establecimientos ya categorizados previamente, tendrán un lapso de cuatro (4) años para renovar la correspondiente categoría, sin menoscabo de la facultad de MINTUR de realizar de oficio y en cualquier momento la inspección de evaluación de la categorización.

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