viernes, 18 de febrero de 2011

Plazos a ser otorgados a los créditos turisticos según tipo de actividad (LCST)

Me referiré en esta ocasión a uno de los temas que siempre genera duda a la hora de estimar los flujos financieros para la estimación de la capacidad de pago de los proyectos turísticos, como lo es el tiempo del que podremos disfrutar para la cancelación de los créditos según cada una de las actividades previstas en el artículo N° 6, a ser financiadas dentro del marco de la Ley de Crédito para el Sector Turismo (LCST), según su artículo N° 9.

Los plazos son como siguen:
  • Cinco (5) años para las siguientes actividades:
    • Elaboración de Proyectos Turísticos
    • Dotación, equipamiento y reparación de unidades de alojamiento turístico; equipos de transporte turístico multimodal; Unidades gastronómicas y similares; Unidades de promoción, comercialización, mercadeo y desarrollo de productos turísticos; Agencias de Viajes y Turismo; Parques Temáticos, de atracciones, mecánicos, de agua y similares; Otros.
    • Gastos de arranque y puesta en marcha del proyecto para los emprendedores de servicios turísticos.
  • Diez (10) años para las siguientes actividades:
    • Ampliación y Remodelación de establecimientos de alojamiento turístico; equipos de transporte turístico multimodal; Unidades gastronómicas y similares; Unidades de promoción, comercialización, mercadeo y desarrollo de productos turísticos; Agencias de Viajes y Turismo; Parques Temáticos, de atracciones, mecánicos, de agua y similares; Otros.
    • Adquisición de equipos de transporte turístico terrestre (1)
    • Los proyectos turísticos presentados por los comités de mesas técnicas de turismo de los consejos comunales, comunidades y organizaciones indígenas, ajustados al Plan de Desarrollo Nacional de Turismo.
  • Quince (15) años para las siguientes actividades:
    • Adquisición y construcción de inmuebles destinados a Unidades de aojamiento trístico;Unidades gastronómicas y similares; unidades de promoción, comercialización mercadeo y desarrollo de los productos turísticos; Agencias de Viajes y Turismo; Parques temáticos, de atracciones, mecánicos, de agua y similares; Otros.
    • Adquisición de equipos de transporte turístico aéreo y marítimo.
 Estos plazos deberán ser conjugados con los periodos de gracia de pago de capital, los cuales fueron establecidos según la Resolución conjunta de Minfinanzas y Mintur de abril del 2010. Esta gracia de pago estará incluida dentro del plazo de pago, y en otro comentario me referiré a los mismos.

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