El Banco Central de Venezuela, según Aviso Oficial publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.980 del 07 de agosto de 2012, procedió a situar en 10,5% la tasa de interés a ser cobrada para los créditos turísticos durante el mes de agosto del presente año.
Esta tasa reduce en 0,5% la que se mantuvo vigente durante varios meses, y sitúa a su vez en 7,5% la tasa a ser cobrada para aquellas operaciones crediticias conferidas dentro de los supuestos de los artículos 28, 30 y 31 de la Ley de Crédito para el Sector Turismo vigente.
Es de resaltar que aquellos beneficiarios de créditos dentro de estos supuestos de ley, deberán revisar la aplicación de dicha tasa a partir de la fecha promulgada por el BCV.
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